¿Incrementar los impuestos a las bebidas edulcoradas para “proteger” la salud del ciudadano?

Figura 1. Titán Atlas sometido al castigo de sostener la bóveda celeste por toda la eternidad.

Hace miles de años, el Dios supremo del Olimpo, Zeus, tras proclamarse vencedor junto a sus hermanos de la agónica guerra denominada Titanomaquia, consumó su venganza contra los vencidos, los Titanes. De esta forma, el Padre de los Dioses dictaminó que la mayoría de los Titanes fuesen encadenados y arrojados al Tártaro, la más profunda de las profundidades del inframundo. Empero, no todos los Titanes corrieron la misma fortuna, pues si bien la gran mayoría de ellos fueron arrojados al más profundo de los abismos del reino de Hades, Zeus ideó para algunos otros, penitencias diferentes. Así, por ejemplo, el Titán Atlas, Padre de las Hespérides, fue condenado por toda la eternidad a sostener a Urano, el cielo, pues este, tras fenecer la Titanomaquia había quedado enormemente debilitado como consecuencia de las feroces batallas que ocurrieron bajo él y, por tanto, no podía siquiera mantenerse erguido por sus propios medios... Manifiestamente, la condena que el Dios supremo del Olimpo impuso al Titán Atlas ha sido una de las más inclementes conocidas hasta el presente. No obstante, todo parece apuntar a que en un porvenir más cercano que lejano esta penitencia dejará de ser considerada como una de las más desmesuradas de la historia. Y es que, hogaño se está viviendo una mortificación mucho más desproporcionada que la impuesta al Titán Atlas. Una condena en la que ya no existe un patíbulo escarnecedor, sino que ahora se trata de una mortificación silenciosa y transparente que toma forma en imposición constante y reiterada de nuevos impuestos a la población por parte de los diferentes Gobiernos Estatales.


En el caso que nos atañe, hablaremos de estas nuevas mortificaciones, o lo que es lo mismo, “de tributos, normalmente económicos, que se exigen a los ciudadanos para posteriormente reinvertirlos en mejorar el Estado de bienestar”. Más detalladamente, se hablará sobre la nueva medida estrella impuesta por el Gobierno del Estado Español en la cual se expresa lo siguiente: “el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se modifica pasando del tipo impositivo aplicable a las bebidas que contienen edulcorantes añadidos, tanto naturales como aditivos edulcorantes, para pasar a tributar al tipo impositivo general del 21 por ciento” [1]. Una medida que según el Gobierno: “constituye un compromiso social para racionalizar y promover el consumo responsable de bebidas edulcoradas, en particular entre la población infantojuvenil y entre personas desfavorecidas” [1], [2]. En otras palabras más inteligibles, que la motivación del Gobierno para aumentar el IVA sobre las bebidas edulcoradas no es incrementar la recaudación del Estado ni nada por el estilo, sino simplemente conseguir ayudar al ciudadano. En este caso, la ayuda al ciudadano se produciría llevando a cabo una reducción del poder adquisitivo del mismo para que así este no pueda comprar bebidas edulcoradas y, por tanto, la ingesta de estas disminuya y, en consecuencia, en un hipotético futuro se reduzcan las patologías o circunstancias adversas derivadas por consumo excesivo de este tipo de productos, sobre todo en las familias con menos recursos.


En principio, puede parecer que ante esta nueva norma habría que realizar poco menos que una genuflexión al Estado por subir los impuestos, pues si se ojea de forma sutil la nueva medida ha de reconocerse que suena “de la leche”, pues arguye una relación directa e inversa en la que se expresa que: “si se sube el precio de las bebidas edulcoradas, las personas compran menos de estas, por tanto, consumen menos litros y, consecuentemente, se “protege” la salud poblacional”. Hasta aquí, si se es honesto, la idea sería, como diría el filósofo Juan Carlos Aragón, “del carajo pipa”. El problema surge cuando se le da una patada a la ojeada sutil y se toma como mecanismo analítico el pensamiento reflexivo, es decir, un pensamiento verdadero que analice la medida impuesta por el Gobierno sin tener en cuenta la embelesadora retórica utilizada en su escritura. Y es que, si analizamos en profundidad la medida, esta comienza a perder toda su robustez aparente y comienzan a vislumbrársele ciertas grietas y fisuras. Es más, con un primer razonamiento no muy profundo puede llegar a concluirse que parece ciertamente incoherente achacar, tal y como hace el Gobierno, el excesivo consumo de bebidas edulcoradas a derivas puramente económicas, pues solo hace falta ir a un supermercado para observar que una botella de la marca “Coca-Cola” tiene un costo medio para el ciudadano de 0.90 euros/litros, mientras que el agua marca “Font Vella” posee un costo para el ciudadano de 0.40 euros/litros, menos de la mitad. Ante esta circunstancia quizás lo más conveniente sería hacer un ejercicio de introspección y preguntarse: “si la bebida más saludable es la más barata ¿resultará efectivo seguir incrementando el precio de las bebidas menos saludables?” Desde nuestro punto de vista, claramente no, pues existen diversos motivos de peso que pueden justificar la insensatez de la medida, tales como los que se presentan a continuación.


Lo primero que debería tenerse en cuenta antes de implantar este tipo de medidas económicas es que estas son fácilmente sorteables por las grandes empresas. Y es que, las grandes multinacionales productoras de bebidas edulcoradas poseen tales márgenes de beneficios que pueden permitirse sin grandes problemas reducir sus ganancias sustancialmente y, consecuentemente, asumir el incremento del IVA, de forma que el ciudadano no perciba en el coste final un aumento en el precio del producto. En otras palabras, habrá empresas que para que el consumidor no perciba la subida de impuestos preferirán reducir sus beneficios económicos, aunque la empresa vea reducidas sus ganancias, así esta conseguirá inutilizar la medida, pues el ciudadano no verá un incremento en el precio final del producto y lo seguirá consumiendo al mismo ritmo que hasta entonces. Es por todo ello por lo que no parece que sea una gran idea implementar medidas gubernamentales en las cuales las grandes empresas tengan márgenes posibles de actuación, pues no dudemos que si a las multinacionales se les brinda la oportunidad de actuar harán todo lo posible para inutilizar la medida. Por supuesto, todo sea dicho, si las empresas productoras de bebidas edulcoradas asumiesen pérdidas para “anular” la subida del IVA, el gran beneficiado sería el Estado, pues los ciudadanos no percibirían un aumento en el precio del producto y, por tanto, el consumo de bebidas se mantendría. Sin embargo, el Gobierno en vez recaudar el 10 recaudaría el 21 por ciento [3]. Así ya hay más para las pensiones…


También debe tenerse en cuenta que esta nueva medida económica no es igualitaria ante todas la personas, algo que atenta contra nuestra constitución [4]. Y es que, esta medida afectará de forma más acuciada a las familias con menos ingresos y, lamentablemente, no será para “mejorar su salud biológica” sino para “empeorar la salud de su bolsillo”. De esta manera, el rico podrá seguir pagando sin ningún problema la bebida edulcorada unos céntimos más cara mientras que el pobre no. En este caso, el utópico Gobierno pensará: “mejor para el pobre, pues no consumir bebidas edulcoradas “protegerá” su salud”. No obstante, la cosa no funciona tal que así; es algo más compleja, pues no hace falta ser una lumbrera para deducir que, si el pobre no consume bebidas edulcoradas porque aumentan de precio, consumirá “otra cosa”, lo cual no quiere decir que esa “otra cosa” que tome sea saludable. Siendo más claros, que una persona no pueda permitirse económicamente consumir una bebida edulcorada no garantiza que consuma un producto saludable. Más aun cuando al dar una vuelta por el supermercado cualquier persona puede encontrar otros miles de productos insanos a precios ínfimos.


Otro de los grandes inconvenientes que entrañan este tipo de medidas económicas es que aumenta la crispación de la población. Es decir, normalmente cuando una medida va destinada a incrementar el precio final de un producto, esta no es bien asimilada por población general, menos aún si esta es lega en materia científica. Así pues, en muy escasas circunstancias la población percibe una protección de su salud con este tipo de medidas; es más, lo que realmente percibe es un daño directo a su bolsillo.  Esto suele ocurrir cuando las medidas se implementan, como en este caso, en forma de castigo, o lo que es lo mismo, como un procedimiento encaminado a disminuir la probabilidad de ocurrencia de un determinado comportamiento [5], en este caso, la conducta de comprar bebidas azucaradas. Y es que, el castigo no es la técnica más adecuada para modificar patrones de conducta y promover cambios en los hábitos de consumo de la sociedad. Es por ello por lo que quizás el método no debería ser aumentar los impuestos sino, por ejemplo, bajar dichos impuestos de aquellos productos y/o servicios que sí son considerados saludables, para reforzar así aquellas conductas que dentro de este contexto se entienden como adecuadas.


Asimismo, en un intento de no ofrecer una visión sesgada de la realidad ha de decirse que existen diversos estudios científicos que abogan por implementar un gravamen a las bebidas edulcoradas para así “proteger” la salud del ciudadano. Sin embargo, aunque algunos ensayos aboguen por implementar este tipo de gravamen, hay que tener presente que estos trabajos académicos presentan en su mayoría estructuras metodológicas que no pueden sustentar unos resultados firmes. Así, por ejemplo, podemos ver como una gran parte de estas investigaciones basan sus resultados y conclusiones en microsimulaciones, las cuales son estimaciones de una realidad hipotética [6], [7]. Asimismo, también podemos observar que, no todos los ensayos realizados en este ámbito están basados en microsimulaciones, sino que existen otros que llevan a cabo un análisis de la realidad; en este caso, mediante estudios observacionales. No obstante, aunque este último tipo de investigación llevan a cabo un análisis de la realidad, sus resultados también deben ser tomados con cautela, pues este tipo de metodología en su mayoría no puede establecer vínculos causales entre la implementación del impuesto y los cambios en los resultados medidos [8]. Por último, también ha de añadirse que estos estudios se encuentran parcialmente sesgados ya que investigan en base a una metodología penalizadora y carente de valor educativo, cuando quizás deberían realizarse estudios basados en procedimientos de reforzamiento.


Y ahora ya, toca ponerse serio. Así que, piénsese. Si realmente el Gobierno tuviese la genuina y magnánima voluntad de “proteger” la salud del ciudadano lo que realizaría no sería una subida de impuestos, sino una fuerte inversión de recursos económicos y humanos, los cuales fuesen destinados a: 1) disminuir los impuestos de todos aquellos productos y/o servicios que disminuyen el riesgo, en la medida de lo posible, de la aparición de enfermedades o circunstancias adversas causadas por estilos de vidas insalubres en la población; 2) implementar los centros sanitarios con la tan necesitada figura del dietista-nutricionista para que así estos profesionales puedan prescribir pautas dietéticas adecuadas a la ciudadanos; 3) introducir en los centros educativos enseñanzas relacionadas con la educación nutricional, las cuales aporten conocimientos a los estudiantes sobre como alimentarse adecuadamente; 4) mejorar las herramientas presentes en los centros sociales para que así las personas con menos recursos económicos puedan resolver sus dudas en materia de nutrición; 5) fomentar una normativa de etiquetado en los productos destinados a la alimentación que sea más entendible para la población lega en materia científica; 6) incentivar a las grandes empresas productoras de bebidas edulcoradas para que trabajen en productos más saludables, etcétera, etcétera, etcétera…Pero claro primo mío, si se piensa sosegadamente, con estas últimas medidas la recaudación Estatal se reduce a la friolera cifra de 0 “doblones”. No, no, espera, es peor aún. ¡¡Hay que invertir dinero!!


Evidentemente, no puede decirse que la idea de los impuestos sea una idea nefasta, pues los impuestos cuando son bien implementados y empleados poseen un objetivo muy interesante, el cual no es otro que redistribuir recursos entre ricos y pobres, así como, dotar al Estado de recursos económicos para que este pueda construir infraestructuras y brindarle servicios a la ciudadanía. Sin embargo, lo que no es ético es implementar impuestos alegando razones que verdaderamente o no se consiguen o no se persiguen. En resumidas cuentas, no se puede incrementar un impuesto alegando una “protección” de la salud ciudadana, cuando en realidad la medida impuesta no protege la salud. Y es que, ninguna medida que se implemente en forma de castigo y, además, demonice a un producto puede aportar muchos beneficios, pues la protección de la salud no viene castigando, ni tampoco demonizando. La protección de la salud viene reforzando comportamientos adecuados e invirtiendo en servicios sanitarios y en educación. En síntesis, no cometamos el mismo error que Zeus, quien buscando la corrección y el arrepentimiento del Titán Atlas utilizó un castigo exorbitado y, sin embargo, nunca consiguió que este se arrepintiera de sus actos, pues lo único que consiguió fue que el Titán desarrollara una animadversión cada vez más acuciada hacia los Dioses del Olimpo.


Este artículo ha sido redactado por Miguel Ángel Puch Garduño, Graduado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, en colaboración con María José López Barrio, Graduada en Psicología y Claudia Gutiérrez Correa, estudiante de Nutrición Humana y Dietética, para el Proyecto Divulgativo ¡No Todo es Ciencia! Un proyecto destinado a la divulgación de información científica en Ciencias de la Salud.

Referencias bibliográficas:


[1] «BOE.es - Documento consolidado BOE-A-2020-17339». https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-17339 (accedido ene. 17, 2021).


[2] Ministerio de Consumo, «Estudio Aladino», p. 184, 2019.


[3] «Información General - Agencia Tributaria». https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/IVA/_INFORMACION/Informacion_General/Informacion_General.shtml (accedido ene. 17, 2021).


[4] «BOE.es - Documento consolidado BOE-A-1978-31229». https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229 (accedido ene. 19, 2021).


[5] P. S. D. P. Ricardo, M. V. Miguel, O. J. S. Cristina, O. L. Nuria, y P. F. V. Jesús, Psicología del Aprendizaje. Editorial UNED, 2014.


[6] P. Wilde et al., «Cost-Effectiveness of a US National Sugar-Sweetened Beverage Tax With a Multistakeholder Approach: Who Pays and Who Benefits», Am. J. Public Health, vol. 109, n.o 2, pp. 276-284, feb. 2019, doi: 10.2105/AJPH.2018.304803.


[7] Y. Lee et al., «Health Impact and Cost-Effectiveness of Volume, Tiered, and Absolute Sugar Content Sugar-Sweetened Beverage Tax Policies in the United States: A Microsimulation Study», Circulation, vol. 142, n.o 6, pp. 523-534, ago. 2020, doi: 10.1161/CIRCULATIONAHA.119.042956.


[8] L. D. Silver et al., «Changes in prices, sales, consumer spending, and beverage consumption one year after a tax on sugar-sweetened beverages in Berkeley, California, US: A before-and-after study», PLoS Med., vol. 14, n.o 4, p. e1002283, abr. 2017, doi: 10.1371/journal.pmed.1002283.


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